La separación de hecho tiene lugar cuando dos personas están legalmente casadas, pero han cesado…
Cese de Convivencia
¿CASADO después del 18 de NOVIEMBRE del año 2004?
Recuerda que la Ley de Divorcio exige un documento legal que permita acreditar la fecha efectiva de la separación.
No olvides firmar tu CESE DE CONVIVENCIA
¡¡ Podemos ayudarte a realizarlo en NOTARÍA y evitar las filas y esperas en el REGISTRO CIVIL !!!
Te ofrecemos dos vías:
- Escritura Pública de Acta de Cese de Convivencia para ser firmada por ambos cónyuges en Notaría.
- Escritura Pública de Acta de Cese de Convivencia para ser firmada por un solo cónyuge en Notaría, luego NOTIFICAMOS al contrario por medio del Tribunal de Familia.
¿Dudas?
Escríbenos un mensaje con tu mail o número de celular y uno de nuestros abogados se contactará contigo a la brevedad.-